ESFERA CAPITAL, AGENCIA DE VALORES, S.A.

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN AL FONDO GENERAL DE GARANTÍA DE INVERSIONES (FOGAIN)

El día 20 de marzo de 2020, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) acordó la intervención de la entidad Esfera Capital, Agencia de Valores, S.A.,(“Esfera”) Entidad Adherida a FOGAIN y cubierta por éste.

Con fecha 29 de abril de 2020, el Consejo de la CNMV adoptó una resolución que permite iniciar el procedimiento de cobertura por parte de FOGAIN de los clientes de Esfera.

Con la finalidad de poder atender las solicitudes de indemnización en el menor espacio de tiempo posible, la Gestora de FOGAIN ha establecido un procedimiento especial para que los clientes de Esfera puedan solicitar de FOGAIN la correspondiente indemnización por la cuantía que Esfera no haya podido restituirles y siempre dentro de los términos de cobertura que fija la normativa en vigor[1].

CÓMO ENVIAR LA SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN A FOGAIN

  • Las solicitudes de indemnización podrán dirigirse a la Gestora del Fondo General de Garantía de Inversiones, en formato papel o por vía telemática.
  • Para la correcta tramitación de su Solicitud de Indemnización, es muy importante que indique el importe exacto de la indemnización que solicita al FOGAIN en la casilla correspondiente del Formulario.
  • Las solicitudes que se remitan en formato papel, deberán dirigirse por correo o presencialmente en las Oficinas del FOGAIN en la siguiente dirección:
    • Gestora del Fondo General de Garantía de Inversiones. Paseo de la Habana, 82, 1º Dcha 28036 MADRID
  • FOGAIN tramitará también las solicitudes que reciba por vía telemática. En tal caso, deberá dirigirse la solicitud a la dirección de e-mail: solicitudesesfera@fogain.com.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Sin perjuicio de que FOGAIN pueda precisar documentación adicional para resolver las solicitudes de indemnización en algún caso- para lo cual se pondría en contacto con el Solicitante-  con carácter general, la documentación que deberá presentar quien solicite una indemnización con cargo al FOGAIN es la siguiente:

DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR PERSONAS FÍSICAS

  • Los clientes de ESFERA CAPITAL, A.V., S.A. que sean personas físicas y quieran solicitar de FOGAIN el pago de una indemnización, deberán solicitarla remitiendo a la Gestora del Fondo General de Garantía de Inversiones – ya sea en papel o por vía telemática- la siguiente documentación:
  • Formulario de Solicitud de Indemnización debidamente cumplimentado, donde se indique la cantidad que se solicita.También es importante que se especifique un número de teléfono móvil. El Formulario se puede acceder aquí.
  • Copia del DNI en vigor de la persona física que solicite la indemnización.
  • Documento acreditativo de que el Solicitante de Indemnización es titular de la cuenta bancaria a la que se solicite que se transfiera la indemnización. El Solicitante de Indemnización podrá solicitar este documento en el banco u otra entidad de crédito, donde dicha cuenta se encuentre abierta.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR PERSONAS JURÍDICAS

  • Los clientes de ESFERA CAPITAL, A.V., S.A. que sean personas jurídicas y quieran solicitar de FOGAIN el pago de una indemnización, deberán solicitarla remitiendo – ya sea en papel o por vía telemática- a la Gestora del Fondo General de Garantía de Inversiones la siguiente documentación:
  • Formulario de Solicitud de Indemnización debidamente cumplimentado, donde se indique la cantidad que se solicita. También es importante que se especifique un número de teléfono móvil. El Formulario se  puede acceder aquí.
  • Fotocopia del DNI en vigor de la persona física que solicite la indemnización por cuenta de la persona jurídica.
  • Documento acreditativo de que el Solicitante de Indemnización es titular de la cuenta bancaria a la que se solicite que se transfiera la indemnización. El Solicitante de Indemnización podrá solicitar este documento en el banco u otra entidad de crédito, donde dicha cuenta se encuentre abierta.
  • Poder suficiente y en vigor, otorgado por la persona jurídica a favor de la persona física que solicite el pago por cuenta de la persona jurídica.

PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN

FOGAIN acusará recibo de las solicitudes recibidas.

Adicionalmente, se dirigirá a aquellos solicitantes que no hayan cumplimentado adecuadamente el formulario o no hayan aportado la documentación señalada. En este sentido, FOGAIN recuerda que cumplimentar bien el formulario y adjuntar los documentos señalados es importante para permitir una tramitación lo más rápida posible de las solicitudes de indemnización.

Para las solicitudes presentadas por vía telemática, FOGAIN podrá pedir al Solicitante de Indemnización que cumplimente un sencillo proceso de firma que se dirigirá al Solicitante por e-mail.

 

[1] Texto Refundido de Ley del Mercado de Valores, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015 de 23 de octubre, y Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto.

By | 2021-09-29T08:22:42+00:00 marzo 31st, 2017|Comentarios desactivados en ESFERA CAPITAL, AGENCIA DE VALORES, S.A.

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