
Con fecha 11 de julio de 1994 el Juzgado de 1ª Instancia Número 2 de Palma de Mallorca declaró la Quiebra de la entidad BROKER BALEAR, AGENCIA DE VALORES, S.A., dándose, por tanto respecto de esta entidad una de las situaciones de incumplimiento requeridas por el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, para que los clientes de BROKER BALEAR, AGENCIA DE VALORES, S.A. puedan estar amparados por la cobertura del FOGAIN.
Como consecuencia del efecto retroactivo de la cobertura establecido en la disposición final cuarta del Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre Sistemas de indemnización de los inversores, así como de la referida declaración de Quiebra de fecha 11 de julio de 1994, la Gestora viene atendiendo solicitudes de indemnización de clientes de BROKER BALEAR, AGENCIA DE VALORES, S.A.
Conforme a lo anterior, si usted considera que puede tener derecho a reclamar una indemnización al FOGAIN como consecuencia de la actividad de BROKER BALEAR, AGENCIA DE VALORES, S.A. deberá enviar un Formulario de reclamación a la dirección de la Gestora siguiendo las instrucciones contenidas en esta página.
Paseo de la Habana, 82 1ºDcha 28036 Madrid