
El FOGAIN se financia fundamentalmente con las aportaciones que, anualmente, realizan sus entidades adheridas. Estas aportaciones son calculadas y aportadas de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto.
Otras fuentes de financiación del FOGAIN son los ingresos financieros que obtiene de la inversión de su patrimonio y las cantidades que puede recuperar en el ejercicio de los derechos en que se subroga como consecuencia del pago de indemnizaciones a los inversores.
Asimismo, la normativa en vigor establece que, caso de ser necesario, el FOGAIN podrá tomar dinero a préstamo de entidades financieras o de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
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